Proyecto de ley n. 19.562 Ley para la elaboración de una política de empleo que facilite la existencia de una infraestructura pública de cuido en beneficio de la inserción y mantenimiento laboral de la mujer y reforma del inciso d) del artículo 2 de la Ley que crea la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, n. 9220
Tema(s): ADULTAS MAYORES | ADULTOS MAYORES | NIÑAS | NIÑOS | EMPLEO DE LAS MUJERES | CONCILIACIÓN FAMILIA-TRABAJO | DISCAPACITADOS | DISCAPACITADAS | POLÍTICA DE EMPLEO | AUTONOMÍA | REPARTO DE RESPONSABILIDADES FAMILIARES | INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (COSTA RICA) | RED NACIONAL DE CUIDO Y DESARROLLO INFANTIL | CORRESPONSABILIDAD SOCIAL DE LOS CUIDADOS | PROYECTOS DE LEYRecursos en línea: Sitio Web | Texto Completo | Portada En: La GacetaNúmero: no. 125 Número de Página: pp. 11-13 Fecha: (30 jun. 2015) Resumen: En la exposición de motivos de este proyecto de ley se hace mención a la publicación "Segundo estado de los derechos de las mujeres" y a la "Política para la equidad e igualdad de género 2007-2017 (PIEG) a cargo del Instituto Nacional de las Mujeres. En el texto a publicarse como ley, en sus artículos 2 y 3 se hace mención del Instituto Nacional de las Mujeres en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la implementación de la política de empleo; indicando además que el INAMU financiará de su presupuesto, la elaboración, implementación y medición de resultados de la política.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Centro de Documentación Luisa González Gutiérrez Colección general | Copia 1 | Disponible | INAMU-POF0000004368 |
En la exposición de motivos de este proyecto de ley se hace mención a la publicación "Segundo estado de los derechos de las mujeres" y a la "Política para la equidad e igualdad de género 2007-2017 (PIEG) a cargo del Instituto Nacional de las Mujeres. En el texto a publicarse como ley, en sus artículos 2 y 3 se hace mención del Instituto Nacional de las Mujeres en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la implementación de la política de empleo; indicando además que el INAMU financiará de su presupuesto, la elaboración, implementación y medición de resultados de la política.
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